La Real Federación Española de Fútbol ha dado finalmente los tres puntos del derbi Torrevieja-Almoradí de la primera jornada de liga al conjunto azulgrana, al considerar indebida la alineación del jugador salinero Matheus Lorente Santana. Pese a manifestar públicamente el presidente almoradidense Albaladejo que el club no recurriría el fallo del comité de competición de la Federación Valenciana de 24 de agosto, la directiva se puso manos a la obra e inició gestiones, dirigiéndose a la Federación Española, que ha fallado a favor del Almoradí este viernes 9 de septiembre.
Apelación ha dado la razón al equipo azulgrana, basándose en el artículo 56 del Código Disciplinario de la RFEF para la campaña 2016-17, donde se dice que "cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y si quedara pendiente el cumplimiento de algún partido de suspensión, el jugador cumplirá la sanción en la próxima temporada con independencia de que el sancionado cambie de categoría, división o grupo".
Este artículo 56, que aborda el modo de cumplimiento de la suspensión por partidos, viene incluido dentro del Título II, denominado 'Infracciones y Sanciones'. Este Código Discplinario de la RFEF está vigente desde el 30 de junio de 2015, cuando fue dado a conocer en la circular federativa nº 56, que anunciaba las modificaciones habidas en dicho código para la campaña 2015-16 tras un acuerdo de 25 de marzo de 2015. Estas modificaciones afectaban, entre otros, al mencionado artículo 56, cuyo contenido definitivo se ha reproducido anteriormente.
Tras este fallo de la Federación Española de Fútbol de 9 de septiembre, el CD Almoradí suma los tres puntos en litigio, que se le restan al Torrevieja. El club salinero manifestó oficialmente el mismo día 9 que la entidad del Vicente García recurrirá al TAD (Tribunal Administrativo del Deporte), actual denominación del desaparecido Comité Español de Disciplina Deportiva. El TAD es un órgano de ámbito estatal y adscrito al Consejo Superior de Deportes que decide en última instancia las cuestiones disciplinarias deportivas.
Película de los hechos
Hay que recordar que la FFCV emitió oficialmente con fecha 19 de agosto el listado de sancionados con partidos pendientes de la temporada 2015/2016, donde figuraba con un partido el futbolista Matheus Lorente Santana del CD Torrevieja. Al ser alineado en el derbi, el CD Almoradí presentó recurso, alegando alineación indebida. Días después el comité de competición de la FFCV dio al razón y los tres puntos del partido al CD Torrevieja, alegando que el Reglamento General de la Federación Valenciana, en su artículo 356, titulado 'Cumplimiento de una sanción en la temporada siguiente', decía textualmente que "cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y quedara pendiente el cumplimiento de un partido de suspensión, impuesta por las causas que prevén los artículos 353 y 354, la sanción se cumplirá en el primero de la próxima temporada que corresponda a idéntica competición, quedando interrumpida la prescripción, que solo correrá si el club no participase en la competición o el futbolista quedara adscrito a otra categoría o división". En esa misma lista de sancionados aparecía también el jugador del CD Almoradí Mamadou Ouattara, que no fue alineado en el derbi de Torrevieja.
El error del comité de competición de la Federación Valenciana estriba en no haber tenido en cuenta el nuevo artículo 56 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, vigente desde la temporada 2015-16. El FFCV ha rectificado ya el resultado final del derbi, dando la victoria al CD Almoradí por 0-3 y los tres puntos, que le han sido restados a su vez en la clasificación al CD Torrevieja.
(Foto cedida por CD Almoradí)